Préstamos para pensionados y financiamiento modalidad 40 en Puebla

Nuestro objetivo en ESPECIALISTAS DE PENSIONES PUEBLA es brindarte información clara y útil para que tomes decisiones informadas sobre tu retiro.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es la Ley 73?

    Es el régimen de pensión aplicable a quienes comenzaron a cotizar antes del 1° de julio de 1997. Bajo esta ley, la pensión es financiada principalmente por el Estado y se calcula con base en el salario promedio de los últimos 5 años y las semanas cotizadas.


    A diferencia de la Ley 97, no depende del ahorro en la AFORE. Esto permite obtener una pensión más alta si se cumplen los requisitos. Es posible mejorar el monto final mediante la Modalidad 40, incrementando el salario base de cotización antes de pensionarse.


  • ¿Qué es modalidad 40?

    La Modalidad 40 del IMSS es un programa para mejorar la pensión al jubilarse, especialmente bajo el régimen Ley 73.


    Permite seguir cotizando de forma voluntaria con un salario superior, aunque ya no trabajes formalmente. Esto incrementa tanto las semanas cotizadas como el promedio salarial, lo que se traduce en una pensión mensual más alta. Es ideal para quienes desean asegurar un retiro digno y estratégico.

  • ¿Qué es pensión?

    Es un beneficio económico otorgado cuando se cumplen ciertos requisitos como edad, semanas cotizadas o causas especiales.


    Puede provenir del IMSS, ISSSTE o planes privados, y su monto depende del historial laboral y régimen aplicable. La pensión asegura ingresos mensuales durante el retiro, por lo que es clave planificar con anticipación. Existen distintos tipos: por cesantía, vejez, invalidez o viudez.


  • ¿Cuáles son los Tipos de Pensiones?

    IMSS, ISSSTE y PPR (plan privado de retiro).


    Las pensiones del IMSS e ISSSTE son otorgadas por el Estado a trabajadores afiliados, mientras que el PPR es una alternativa de ahorro individual y voluntaria. Cada tipo tiene requisitos, beneficios y modalidades distintas, por lo que elegir el esquema adecuado puede influir directamente en el monto y estabilidad económica durante el retiro.

  • ¿Todos pueden hacer modalidad 40?

    Solamente las personas de la ley 73 que tengan mínimo 1000 semanas y que hayan cotizado con un patrón dentro de los últimos 5 años a partir de la fecha de baja.


    Además, es indispensable estar dado de baja oficialmente del IMSS para poder ingresar. Quienes cumplan con estos requisitos pueden inscribirse y realizar aportaciones voluntarias para mejorar significativamente su pensión. El alta en Modalidad 40 debe hacerse directamente en la Subdelegación del IMSS o mediante un asesor autorizado.

  • Recuperación de semana (AFORE)

    Si solicitaste apoyo por desempleo, durante tu vida laboral al AFORE, analizamos si es necesario recuperarla. 

    Dependiendo de la estrategia de pensión. 

  • Reconocimiento de semana (IMSS)

    Te ayudamos a que reconozcas tus trabajos que no se visualizan en tus semanas cotizadas.